Aquien puedas interesar casos legales sobre no audiencias virtuales. Envía por los grupo de redes.

San Pedro de Macorís RD. Este es una artículo que este medio recibió por las redes sociales y me.parece interesante. Lo investigare para saber si es prelinar o su realidad cierta no.




TRIBUNAL CONSTITUCIONAL cercena la virtualidad en tribunales*

■》Santo  Domingo, Rep Dominicana .-El Tribunal Constitucional *invalidó las audiencias virtuales* implementadas por la Suprema Corte de Justicia mediante una resolución del Consejo del Poder Judicial.

🔹En un resumen de la decisión difundido ayer, el Tribunal señala haber acogido las instancias contra la decisión del Consejo del Poder Judicial que había instaurado un protocolo para audiencias virtuales en virtud de las medidas restrictivas por la pandemia del Covid-19.

👉🏽 Señala que las medidas pueden mantenerse en el orden administrativo, más no así en el aspecto jurisdiccional.

⚖️ Los artículos de la Constitución que se declaran como violados por la resolución 007-2020 son *los relativos a la independencia de los poderes del Estado, a la organización del estado y a las funciones del Consejo del Poder Judicial.*

#️⃣ El séptimo dispositivo de la sentencia, de la que solo se ofreció un resumen, *deja sin efecto las audiencias virtuales* y exhorta al Consejo del Poder Judicial a emitir una nueva resolución que regule, exclusivamente, el servicio administrativo que no sea de naturaleza judicial

▪︎De igual manera, declara aspectos de la resolución que autoriza la firma electrónica en el Poder Judicial, para limitarla a asuntos administrativos.

🔊 *Plazo para aplicación*

El Tribunal Constitucional concede *un plazo de tres meses,* luego de que se publique la sentencia, para que la Suprema Corte de Justicia implemente lo dispuesto.

La decisión da respuesta a ocho acciones de inconstitucionalidad contra las resoluciones emitidas por el Consejo del Poder Judicial en el marco de las restricciones por la pandemia. Entre los demandantes está el *Colegio de Abogados de la Rep Dominicana.*

👨‍👩‍👦👨‍👨‍👧‍👧👨‍👨‍👧Numerosos abogados habían *objetado las audiencias virtuales* desde que fueron establecidas, aunque las mismas eran opciones en los casos penales.

Vinculantes

*—1— Alcance*
Las decisiones del Tribunal Constitucional son inapelables y de obligatoria aplicación.

*—2— Conflictos*
La virtualidad generó resistencia por del Colegio de Abogados.

*—3— Planes*
El Consejo del Poder Judicial esperaba ampliar las audiencias virtuales.
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